Mediante la Disposición N° 758/22 publicada en el Boletín Oficial el día 11 de mayo del corriente, la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, “DNM”), autorizó la concesión de residencia transitoria por un plazo de hasta 180 días

Por MARÍA FLORENCIA SOTA VÁZQUEZ & AGUSTINA CÁCERES-ALFARO ABOGADOS
 

(abogados)-Mediante la Disposición N° 758/22 publicada en el Boletín Oficial el día 11 de mayo del corriente, la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, “DNM”), autorizó la concesión de residencia transitoria por un plazo de hasta 180 días -conforme art. 24 inciso h) de la Ley N° 25.871 y del Decreto Reglamentario N° 616/10- a aquellos extranjeros nacionales de países que no requieran visa de turista para ingresar al Territorio Nacional, a los fines de prestar servicios en forma remota mediante la utilización de medios informáticos, de telecomunicaciones o análogos, en favor de personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior, denominados al efecto como “nómades digitales”.

¿Qué significa ser NÓMADE DIGITAL?

Nómade digital hace referencia a aquellos trabajadores que desarrollan sus tareas laborales de manera remota, desde un dispositivo tecnológico como ser una computadora, tablet o celular, entre otros. Actualmente, en el mundo se registran más de 35 millones de nómades digitales que desempeñan tareas laborales de manera remota. Si bien esta modalidad de trabajo ya existía hace varios años, tuvo su desarrollo más grande a raíz de la pandemia de COVID-19, donde la mayoría de los trabajadores de los distintos países del mundo se vieron obligados a adaptarse a esta adversidad.

A pesar de que en estos momentos nos enfrentamos a la pandemia con más herramientas, como la utilización de vacunas para aminorar los síntomas de la enfermedad, sumado a que los médicos e investigadores cuentan con más información al respecto, hoy en día esta forma de teletrabajo sigue vigente y va a continuar prosperando en los próximos tiempos.

Uno de los beneficios más grandes del trabajo con modalidad remota es la libertad de poder cumplir con las actividades laborales desde cualquier parte del mundo, siendo una iniciativa y una oportunidad de conocer nuevos lugares, sin perder el ritmo de trabajo.

Además, dado el contexto económico mundial y local del país, resulta accesible a extranjeros con ganancias en monedas más fuertes, como dólares o euros, por el tipo de cambio, pudiendo acceder a un coste de vida menor a la vez que disfrutan de los diversos paisajes que tiene nuestra extensión territorial.

Es así que la Dirección Nacional de Migraciones establece los siguientes requisitos para acceder a la residencia transitoria de “nómades digitales”:

  1. a) Solicitud suscripta por la persona interesada, indicando: datos personales, actividades laborales independientes que va a desarrollar. Se deberá incluir un breve Currículum Vitae en donde conste su experiencia en el campo en el que se va a desempeñar y nivel de estudios o formación alcanzada;
  2. b) Pasaporte válido y vigente;
  3. c) Imagen fotográfica 4×4;
  4. d) Documentación probatoria de la actividad que desarrolla (contrato, aval de empresa o constancia de solicitud de demanda laboral, recibo de ingresos u honorarios) y consignar por lo menos una referencia vinculada a su ocupación;
  5. e) Abonar la tasa retributiva de servicios, para las solicitudes realizadas desde el exterior en la modalidad de “Tramitación de Ingreso Electrónica”.

Toda la información proporcionada deberá estar legalizada y traducida al idioma español, tendrá carácter de DDJJ y será acreditada al momento de registrar la tramitación de ingreso electrónica al país -cuando sea cumplimentada desde el exterior- o la solicitud de regularización migratoria -si se encontrara dentro del Territorio Nacional-.

Los requisitos específicos indicados se establecen sin perjuicio de las condiciones generales exigidas por la DNM.

Asimismo, la DNM establece los requisitos exigidos para acceder a la prórroga de la residencia de “nómade digital”, que será acordada por única vez y por un término idéntico al de la residencia transitoria que hubiere obtenido:

  1. a) Pasaporte válido y vigente;
  2. b) Constancia de ingresos percibidos por el ejercicio de servicios prestados durante el período de residencia que se pretenda prorrogar;
  3. c) Certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia;
  4. d) Haber permanecido dentro del Territorio Nacional por un período no inferior al 50% del plazo de residencia que se pretenda prorrogar;
  5. e) Abonar la tasa retributiva de servicios.

Finalmente, se dispone que la solicitud de residencia, su prórroga o cambio de categoría, que se inicie al amparo de esta figura, deberá adecuarse a los procedimientos y requisitos actualmente vigentes, en todo lo que no fuera expresamente regulado por la presente.

La entrada en vigencia de la presente medida tendrá lugar a partir de los 10 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial.

¿QUE OTROS BENEFICIOS TENDRÁN LOS NÓMADES DIGITALES?

– Tarjeta Visit Argentina: la misma permitirá a los turistas extranjeros que visiten el país obtener puntos que podrán ser canjeados por experiencias gastronómicas o recreativas previa activación personal.

– Tarifas especiales de avión: Aerolíneas Argentinas se sumara  a la incitativa con tarifas especiales para este tipo de turistas.

Es muy importante destacar que según las cifras del Nomad List (el ranking de la comunidad nómade), Argentina es el país que más creció como destino potencial para nómades digitales en 2022.  Además, la Nomad List también ubica a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre las 10 mejores del mundo para esta modalidad de teletrabajo, y siendo el mejor destino de América Latina.

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DE ESTA INICIATIVA?

El Ministro del Interior, Wado de Pedro y su par de Turismo y Deportes, Matías Lammens, anunciaron junto a la titular de la Dirección Nacional de Migraciones y la Secretaria de  Promoción Turística, lanzaron este nuevo tipo de visado, que incluye no solo la autorización temporaria a estar en nuestro país, sino un verdadero programa de beneficios para atraer a la comunidad internacional, promoviendo así, de manera conjunta, el turismo y el trabajo.

¿QUÉ CIUDADANOS PUEDEN ACCEDER A ESTE BENEFICIO?

Entre los más de 80 países que pueden ingresar a la Argentina sin necesitad de Visa de Turista podemos enumerar: Australia, Alemania, Bélgica, Canadá, Colombia, Croacia, República Checa, Chile, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Guatemala, Israel, Italia, Japón, Corea del Sur, Luxemburgo, Noruega, Eslovenia, España, Suiza, Suecia, Reino Unido, entre otros.