Fueron derogados los principales artículos de las leyes que fomentaban el entramado Pyme y el de Jóvenes Empresarios
El Decreto 339/2025, deroga los principales artículos de las leyes Nº 24.467, 25.872 y sus modificatorias, basándose en la vigencia del nefasto Decreto 70/2023 y de la Ley 27.742 Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
Según reza en los considerandos del decreto, desde ahora los argentinos tendrán total libertad de avanzar hacia un modelo económico que promueva la desregulación y la eliminación de barreras e incentive el libre mercado.
Asimismo, dicho decreto establece que para cumplir con ese fin se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional, y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda.
Artículos derogados-Ley 24.467 – Apoyo a PYMES
Se eliminan los siguientes instrumentos y programas:
Art. 12: Sistema de información MIPyME (a través de agencias regionales).
Art. 13: Red de Agencias de Desarrollo Productivo.
Art. 14: Coordinación con INTA, INTI e INTEMIN para el desarrollo PYME.
Art. 16-17: Programa de Desarrollo de Proveedores (vínculo PYMES-grandes empresas).
Art. 18: Incorporación al Sistema Nacional de Certificación de Calidad.
Art. 19: Consorcios de exportación de PYMES.
Art. 20-21: Apoyo a la internacionalización PYME, con foco en el MERCOSUR.
Art. 22: Capacitación de cuadros gerenciales.
Art. 23: (No listado en fundamentos pero incluido en decreto).
Art. 105: Comisión Especial de Seguimiento del capítulo laboral
Ley 25.872 – Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven
Se derogan los artículos:
Art. 1 a 9 y 12 a 14: Definición, objetivos, herramientas y estructura del programa.
Fundamento y marco normativo: DNU 70/2023 y Ley 27.742 (Ley Bases)
Vigencia: 20 de mayo de 2025.
Las derogaciones no eximen al Estado ni a otros sujetos del cumplimiento de obligaciones asumidas válidamente durante la vigencia de los programas eliminados.